Si la escuela de verano cuenta con programas regulares están para los alumnos que no tienen discapacidades en su distrito escolar, y si el IEP de su hijo incluye la integración en el aula común durante el año académico regular, se deberán suministrar estos servicios integrados durante el año escolar extendido. [5 C.C.R. Sec. 3043(g)]. De lo contrario, si la agencia de educación pública no ofrece programas de verano regulares, no tiene obligación de cumplir con este componente del IEP.