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(1.24) ¿Quién debe asistir a la reunión del equipo del IEP y qué se supone que los miembros deben contribuir a la reunión?

(1.24) ¿Quién debe asistir a la reunión del equipo del IEP y qué se supone que los miembros deben contribuir a la reunión?

El equipo debe estar conformado por las siguientes personas:

(1) Uno de los padres del niño o ambos, un representante elegido por los padres, o ambos.

(2) Al menos un maestro de educación general si el niño asiste, o puede asistir, a un entorno de educación general. En caso de que el niño tenga más de un maestro de educación general, la escuela puede seleccionar cuál de ellos asistirá.

(3) Al menos un maestro de educación especial o proveedor de servicios.

(4) Un representante del distrito escolar que esté calificado para brindar o supervisar la administración de instrucción especializada, esté informado acerca del programa de estudios general y conozca cuáles son los recursos del distrito. Cualquier otro miembro del distrito que ya forme parte del equipo del IEP puede desempeñar esta función.

(5) La persona que realice las evaluaciones del alumno, o quien tenga conocimiento sobre los procedimientos empleados y los resultados, y que esté calificada para interpretar las implicancias educativas en relación con los resultados. Otro miembro del equipo del IEP puede desempeñar esta función.

(6) Otras personas con experiencia o conocimientos específicos acerca del alumno, previa solicitud del distrito o de los padres. Si la persona adicional invitada tiene suficientes conocimientos o experiencia es algo que decide la parte que la invitó a la reunión.

(7) El alumno, cuando fuera conveniente.

[Cal. Ed. Code Sec. 56341].