Conforme al caso Endrew F., el distrito escolar debe ofrecer una FAPE que esté diseñada para que su hijo tenga la oportunidad de progresar significativamente a nivel educativo, en función de sus circunstancias individuales. El distrito escolar debe proponer objetivos académicos o funcionales que sean exigentes, independientemente de la discapacidad del niño, e implementar servicios que le permitan alcanzarlos.
También debe tomar medidas afirmativas, las cuales debe documentar, a fin de garantizar que el IEP esté diseñado para permitirle al niño progresar significativamente mediante objetivos anuales. Los objetivos explicados en el IEP deben ser ambiciosos y desafiantes para el niño, y deben proponerse solo después de haber considerado cuidadosamente los niveles actuales de rendimiento, la discapacidad y el potencial de crecimiento del niño1.
El IEP siempre debe concentrarse en el niño en forma individual y en sus necesidades específicas. El concepto de progreso adecuado y su descripción en un IEP puede ser diferente para cada niño. Si los objetivos se repiten en los IEP consecutivos o si no se observa un progreso significativo en cuanto a los objetivos, el equipo del IEP debe dudar seriamente de si el IEP es fundamentalmente adecuado conforme al fallo en el caso Endrew F.
Además, cuando los padres/tutores/ otros titulares de derechos educativos comunican sus inquietudes acerca de la falta de progreso de su hijo, el distrito escolar debe ser capaz de ofrecer una respuesta clara y lógica para explicar sus decisiones acerca del modo en que los objetivos explicados en el IEP podrían ayudar al niño a progresar adecuadamente en función de sus circunstancias. Si el distrito no puede ofrecer una explicación lógica, el equipo del IEP debe volver a examinar el IEP mediante nuevas evaluaciones y observaciones, y luego proponer nuevos objetivos y servicios que le brinden al niño la oportunidad de recibir beneficios sustanciales y significativos2.
