Sí. Si no está de acuerdo con la recomendación del equipo, puede solicitar un debido proceso para cuestionarla. [20 U.S.C. Sec. 1415(k)(3); 34 C.F.R. Secs. 300.530-300.532]. En la mayoría de los casos, su hijo debe permanecer en su colocación actual y debe continuar recibiendo los servicios de educación especial exigidos en su IEP hasta que los procedimientos del debido proceso hayan concluido. Consulte el capítulo 6, Información sobre el debido proceso y los procedimientos de cumplimiento.