Su distrito escolar tiene la obligación de “buscar, identificar y evaluar” a todos los niños con discapacidades que puedan ser elegibles para recibir servicios de educación especial, incluidos quienes asisten a escuelas privadas, no tienen hogar o están bajo tutela judicial. [34 C.F.R. Sec. 300.111; Cal. Ed. Code Secs. 56300 & 56301]. Esto se conoce como “Child Find”.
También puede solicitar una derivación para que le realicen una evaluación en cualquier momento. Una derivación se define como una solicitud de evaluación por escrito por parte del padre, la madre, el tutor legal, el maestro u otro proveedor de servicios. Envíe o entregue una solicitud de evaluación por escrito y con fecha al distrito escolar (es decir, al director de educación especial, al director de la escuela o al asesor del programa de educación especial, entre otros) a fin de derivar formalmente a su hijo para que lo evalúen y dejar registro de los plazos. Después de que el distrito escolar recibe su solicitud de evaluación por escrito, debe comenzar el proceso de evaluación. Todas las derivaciones escritas deben iniciar el proceso de evaluación.
También puede comunicarse con el administrador de su escuela local (es decir, el director o el asesor del programa de educación especial, entre otros). Explique las áreas que le preocupan acerca de la posible discapacidad de su hijo y solicite una “evaluación” o “examen”. Si hace la solicitud de manera oral, el personal del distrito escolar debe ofrecerle ayuda para redactarla y debe darle asistencia si la solicita. Si se reúne con miembros del personal escolar, entrégueles su solicitud de derivación por escrito en la reunión. [Cal. Ed. Code Secs. 56029, 56301, 56302 & 56321(a); 5 C.C.R. Sec. 3021]. Consulte la Carta de ejemplo: Solicitud de evaluación en la sección de apéndices, apéndice A.