Sí. El organismo de rehabilitación profesional de cada estado debe contar con políticas y procedimientos vigentes para la coordinación entre el organismo y los funcionarios responsables de la educación especial. El Departamento de Rehabilitación de California debe proporcionar asistencia técnica a los distritos en la planificación de la transición y los servicios en áreas como la rehabilitación profesional y el desarrollo del IEP. [29 U.S.C. Sec. 721(a)(11)(D)]. Consulte el capítulo 10, Información sobre los servicios de transición, incluida la educación profesional.