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(1.54) Si mi hijo no puede beneficiarse del programa académico general, ¿puede participar en otros programas escolares?

(1.54) Si mi hijo no puede beneficiarse del programa académico general, ¿puede participar en otros programas escolares?

Sí. La ley deja en claro que los alumnos con discapacidades tienen derecho a participar en actividades y servicios no académicos y extracurriculares en la máxima medida posible para satisfacer sus necesidades. Además, los distritos deben ofrecer estas actividades de modo que les dé a los alumnos con discapacidades las mismas oportunidades de participar. Estos servicios y actividades incluyen comidas, recreos, servicios de asesoramiento, deportes, transporte, servicios de salud, actividades recreativas, grupos o clubes de interés especial y oportunidades de empleo. [34 C.F.R. Secs. 300.117 & 300.107].