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(1.14) ¿Quién reúne los requisitos para acceder a la educación especial conforme a la ley federal y estatal?

(1.14) ¿Quién reúne los requisitos para acceder a la educación especial conforme a la ley federal y estatal?

Los reglamentos estatales y federales establecen los criterios de elegibilidad para todos los alumnos que recurren a los servicios de educación especial. Para cumplir con los requisitos conforme a los criterios de elegibilidad, la evaluación debe demostrar que la discapacidad del alumno exige que reciba educación especial. Las áreas de discapacidad válidas establecidas en los reglamentos de elegibilidad estatales y federales son las siguientes:

  1. Deficiencia visual, incluida la ceguera.
  2. Deficiencia auditiva, incluida la sordera.
  3. Sordoceguera.
  4. Problemas ortopédicos.
  5. Problemas del habla o el lenguaje.
  6. Otros problemas de salud (limitaciones en cuestión de fuerza, vitalidad o atención debido a problemas de salud crónicos o agudos).
  7. Autismo.
  8. Discapacidad intelectual.
  9. Trastorno emocional (grave).
  10. Discapacidad específica de aprendizaje.
  11. Lesiones cerebrales traumáticas.
  12. Discapacidades múltiples1.

Un alumno no es elegible para recibir servicios de educación especial si no cumplen con los criterios de elegibilidad y sus necesidades educativas se deben principalmente a lo siguiente:

  1. Falta de familiaridad con la lengua inglesa.
  2. Discapacidad física temporal.
  3. Inadaptación social.
  4. Factores ambientales, culturales o económicos.
  5. Falta de instrucción en lectura o matemática2.

Un niño puede reunir los requisitos para recibir servicios de educación especial, a través de los servicios de intervención temprana, a partir del nacimiento. Luego de los tres años y hasta la edad escolar, un niño puede reunir los requisitos para recibir educación especial en el preescolar. Siempre que el alumno aún no se haya graduado de la secundaria y no haya obtenido un diploma normal, puede continuar reuniendo los requisitos para recibir educación especial luego de haber cumplido 18 años. Un alumno de entre 19 y 21 años puede continuar recibiendo educación especial si se cumplen determinadas condiciones3. Consulte el capítulo 3, Información sobre los criterios de elegibilidad.

  1. 34 C.F.R. Sec. 300.8; 5 C.C.R. Sec. 3030[]
  2. 20 U.S.C. Secs. 1401 & 1411; 34 C.F.R. Secs. 300.8(c)(10)(ii); 300.306 & 300.311(a)(6);Cal. Ed. Code Sec. 56026(e)[]
  3. 34 C.F.R. Sec. 300.102; Cal. Ed. Code Secs. 56026(c)(4) & 56026.1[]