Ambas partes tienen el derecho de acudir a un tribunal para apelar la decisión del debido proceso emitida por el juez de derecho administrativo. Cualquier apelación ante un tribunal se debe presentar dentro de los 90 días calendario, a partir de la recepción de la decisión de la audiencia administrativa. [34 C.F.R. Sec. 300.514; Cal. Ed. Code Sec. 56505(k)]. A pesar de que tiene el derecho de representarse a sí mismo y a su hijo ante un tribunal, en la mayoría de los casos, no es conveniente acudir a los tribunales sin un abogado [Winkelman v. Parma City School Dist., 550 U.S. 516, 533 (2007)].