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(6.35) ¿Qué es una “Notificación de insuficiencia”?

(6.35) ¿Qué es una “Notificación de insuficiencia”?

Un distrito puede presentar una notificación de insuficiencia (NOI) para solicitar a un juez de derecho administrativo que determine que su solicitud de audiencia de debido proceso no es “suficiente” debido a que no describe en forma clara su problema, conflicto o desacuerdo con el distrito. Si el juez de derecho administrativo determina que la solicitud es insuficiente, le dará la posibilidad de presentar un reclamo modificado. [20 U.S.C. Sec. 1415(c)(2); 34 C.F.R. Sec. 300.508(d); Cal. Ed. Code Sec. 56502(d), (e)].

El distrito debe presentar una notificación de insuficiencia ante la OAH, dentro de los 15 días desde la fecha de recepción de su reclamo y también debe enviarle una copia. Un juez de derecho administrativo debe resolver sobre la notificación de insuficiencia, dentro de los cinco días. [20 U.S.C. Secs. 1415(c)(2)(C)-(D); 34 C.F.R. Sec. 300.508(d); Cal. Ed. Code Sec. 56502(d)(1)]. Los padres también tienen derecho de presentar una notificación de insuficiencia.

Si usted debe presentar un reclamo modificado, el plazo de 45 días para completar el proceso de audiencia (incluida una sesión de resolución o mediación y la emisión de una decisión) se vuelve a contar. [20 U.S.C. Sec. 1415(c)(2)(E)(ii); 34 C.F.R. Sec. 300.508(d)(4); Cal. Ed. Code Sec. 56502(e)].