Por lo general, ambas partes emiten una declaración introductoria en la que se describe el caso. Luego, el peticionante (la persona que haya solicitado la audiencia) presenta su caso mediante el llamado a los testigos. El demandado (la otra parte) puede hacer preguntas al testigo del peticionante, y este último tiene el derecho de formular preguntas adicionales (segundo interrogatorio) luego de que el apelado haya formulado las suyas.
Luego de que el peticionante termina de presentar su caso, el demandado llama a sus testigos (el mismo procedimiento de antes: preguntas, repreguntas, y luego un segundo interrogatorio directo). Finalmente, tanto el peticionante como el demandado presentan sus alegatos finales. Puede solicitar que el “registro” permanezca abierto de manera que pueda presentar un alegato de cierre por escrito.