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(6.44) Si solicité el debido proceso legal y pasé por la mediación de la OAH, pero no pude llegar a un acuerdo en mi caso, y el distrito se acerca a mí para tratar de llegar a un acuerdo antes de la audiencia (pero fuera de la mediación de la OAH), ¿qué debo hacer?

(6.44) Si solicité el debido proceso legal y pasé por la mediación de la OAH, pero no pude llegar a un acuerdo en mi caso, y el distrito se acerca a mí para tratar de llegar a un acuerdo antes de la audiencia (pero fuera de la mediación de la OAH), ¿qué debo hacer?

Por lo general, no se recomiendan los acuerdos que se hacen fuera del ámbito del debido proceso, incluida la mediación de la OAH. La oficina de audiencia no torna obligatorios a tales acuerdos. El CDE está obligado a hacer cumplir los IEP, los acuerdos de mediación y las decisiones de las audiencias de proceso debido. Ha manifestado su voluntad de dar fuerza de ley a otros acuerdos de resolución, pero no ha publicado de manera oficial esta disposición en ningún reglamento, asesoramiento o notificación. Si un distrito tiene la intención de cumplir con los términos de un acuerdo, debe estar dispuesto a reconocer los términos del mismo en un acuerdo de mediación de la OAH o en un IEP. Sin embargo, si el distrito realiza una oferta de resolución después de la conferencia de mediación, y usted está de acuerdo con sus términos, puede considerar firmarlo después de que un abogado o defensor lo haya revisado. Aunque este tipo de acuerdos es ejecutable, es posible que tenga que recurrir a un tribunal judicial para hacerlo cumplir.