Por lo general, no se recomiendan los acuerdos que se hacen fuera del ámbito del debido proceso, incluida la mediación de la OAH. La oficina de audiencia no torna obligatorios a tales acuerdos. El CDE está obligado a hacer cumplir los IEP, los acuerdos de mediación y las decisiones de las audiencias de proceso debido. Ha manifestado su voluntad de dar fuerza de ley a otros acuerdos de resolución, pero no ha publicado de manera oficial esta disposición en ningún reglamento, asesoramiento o notificación. Si un distrito tiene la intención de cumplir con los términos de un acuerdo, debe estar dispuesto a reconocer los términos del mismo en un acuerdo de mediación de la OAH o en un IEP. Sin embargo, si el distrito realiza una oferta de resolución después de la conferencia de mediación, y usted está de acuerdo con sus términos, puede considerar firmarlo después de que un abogado o defensor lo haya revisado. Aunque este tipo de acuerdos es ejecutable, es posible que tenga que recurrir a un tribunal judicial para hacerlo cumplir.