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(1.28) ¿El IEP de mi hijo debe reconocer su participación en el programa de estudios general, sin importar la naturaleza y gravedad de su discapacidad y el entorno en el que es educado?

(1.28) ¿El IEP de mi hijo debe reconocer su participación en el programa de estudios general, sin importar la naturaleza y gravedad de su discapacidad y el entorno en el que es educado?

Sí. Incluso los alumnos con discapacidades “graves” y aquellos que se encuentran en colocaciones más restrictivas deben contar con IEP que determinen cómo van a participar y progresar en el programa de estudios general. Por lo tanto, los IEP no deben limitarse a habilidades funcionales para la vida y actividades de autoayuda, sino que también deben incluir objetivos que permitan a cada alumno acceder al programa de estudios general y progresar en él. [34 C.F.R. Secs. 300.39(b)(3) & 300.320(a)(4)].